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¿Tiene seres queridos colombianos que residen en España? Le explicamos cómo aplicar a la reunificación familiar

Los hijos, padres y la pareja pueden ser beneficiados de esta figura. Conozca qué es y cómo aplicar.

Migración, Extranjería, Ley

España modificó su Ley de Extranjería. Los cambios entraron en vigor el 20 de mayo de 2025. Foto: Archivo EL TIEMPO / Agencias AFP y EFE

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España continúa siendo un atractivo para los colombianos, y otros ciudadanos en general, como uno de los principales destinos para residir. Solo en 2023 se expidieron 1’154.263 documentos de residencia a personas extranjeras, según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; esto representa un aumento de 30.000 más que el año anterior, de los cuales cerca de 100.000 fueron otorgados a ciudadanos colombianos, convirtiéndose en la tercera nacionalidad con más residencias otorgadas, seguida de Venezuela y Marruecos.
A esto se suma que este 20 de mayo entraron en vigor en España las modificaciones del reglamento de extranjería, un cambio que busca ofrecer 300.000 nuevas residencias cada año por los próximos tres años, por lo que las cifras podrían aumentar.
Sin embargo, existen otros mecanismos para que personas obtengan un estatus legal en ese país sin necesidad de cumplir con los requisitos que plantea esta nueva norma, como residir en el país por un período de dos años y no haber aplicado a las solicitudes de asilo durante su estancia irregular en el país.
España implementa una nueva ley migratoria a partir del 20 de mayo que modifica los requisitos de entrada y residencia para extranjeros que no pertenecen a la Unión Europea. Esta normativa afectará a miles de personas, especialmente de América Latina, que buscan vivir, trabajar o estudiar en el país.


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Uno de estos mecanismos, el cual permite saltarse lo que en muchos casos sería un largo proceso de trámites que se puede extender por hasta más de dos años, es la figura de reagrupación familiar, el cual otorga el derecho a que las personas que ya son residentes legales en España extiendan ese permiso a sus seres queridos para que estos puedan vivir y trabajar junto a ellos en el país ibérico.
En 2023, este mecanismo benefició a unas 55.150 personas, un aumento de 16 por ciento respecto al 2022, cuando se registraron 47.190 personas cobijadas por la reagrupación familiar otorgada por un ser querido residente en España. Del total de personas que se beneficiaron del régimen, en 2023, unos 2.000 fueron colombianos.
Sin embargo, el número de connacionales que se pueden ver beneficiadas de esta figura puede ser incluso mayor, esto si se tiene en cuenta que, según cifras de 2022 del Instituto Nacional de Estadística de España, de los 47 millones de personas que viven en ese país, unas 7,5 millones son extranjeras y 566.214 nacieron en Colombia.
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El pasaporte es un documento importante que necesitará al momento de aplicar a la reagrupación. Foto:Cancillería.

Asimismo, esta cifra ha aumentado con los años, pues según el gobierno español, unos 568.034 colombianos están empadronados, es decir, residen oficialmente en algún municipio de España. Mientras que organismos como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde) cifran el total de connacionales que viven en España en 715.700.
A diferencia de otros mecanismos, la reagrupación familiar exige unas pruebas de relación con las personas a las que se busca traer del extranjero para vivir en España, así como una documentación particular y otros requisitos en materia de demostrar capacidad económica para sostener a las personas beneficiarias.
Le mostramos cómo puede acceder a los beneficios de una visa de inversionista.

La reagrupación familiar es un procedimiento contemplado en la legislación española Foto:iStock

¿Qué es la reagrupación familiar y a quiénes beneficia?

La reagrupación familiar es un procedimiento contemplado en la legislación española de extranjería que permite a personas extranjeras que residen legalmente en España traer a determinados de su familia para que vivan con ellas.
Este derecho puede ser solicitado por personas extranjeras que tienen una autorización de residencia en vigor -esta debe ser de al menos un año- y también por ciudadanos españoles o de la UE. Este permiso permite residir e incluso trabajar en el país.
Los familiares que pueden ser reagrupados varían según el tipo de permiso, pero incluyen:
  • Cónyuge o persona con la que el reagrupante tenga una relación.
  • Hijos del solicitante o de la pareja, menores de 18 años, o mayores de edad que tengan una discapacidad que requiera de apoyo, así como aquellos que necesiten asistencia debido a su estado de salud. También aplican mayores de 18 años que necesiten la residencia en España para cuidar del solicitante.
  • Personas representadas legalmente por el solicitante.
  • Padres o suegros del reagrupante, si se comprueba la dependencia económica
Para aplicar, se debe solicitar ante las oficinas de Extranjería de España, en la provincia en la que el solicitante busca residir con su familiar.
Los expertos aseguran que la mayoría de padres prefieren disimular sus preferencias.

La reagrupación familiar aplica para el cónyuge e hijos del solicitante. Foto:iStock

¿Cuáles son los tipos de reagrupación familiar a los que se pueden aplicar?

La normativa contempla distintas modalidades de reagrupación familiar, dependiendo tanto de la situación legal del reagrupante como de las características del familiar que se desea traer:
  • Autorización de residencia temporal por reagrupación familiar: Es la forma más común. Se solicita por un extranjero con residencia legal en España para traer a su cónyuge, hijos o ascendientes. Requiere demostrar medios económicos, vínculo familiar y vivienda adecuada para recibirlos.
  • Autorización de residencia independiente de familiares reagrupados: Aplica cuando el familiar reagrupado quiere obtener su residencia propia, desligada del permiso del reagrupante. Por ejemplo, un hijo que alcanza la mayoría de edad o una persona que empieza a trabajar.
  • Autorización de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española: Permite a familiares de españoles solicitar la residencia, incluso si no cuentan con medios económicos propios. Suele aplicarse a padres, parejas no registradas o hijos mayores.
  • Residencia independiente de personas que tienen o han tenido vínculos familiares con una persona de nacionalidad española: Pensada para proteger la continuidad de la residencia legal en situaciones como separación o divorcio de un ciudadano español, o cuando cesa la convivencia, pero persisten otros vínculos familiares o personales.

¿Cuánto dinero se tiene que ganar para poder reagrupar a un familiar?

Uno de los principales requisitos para solicitar la reagrupación es acreditar que el reagrupante dispone de ingresos suficientes y estables. Para ello, se exige que el solicitante cuente con ingresos equivalentes al 150 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual. A esta cantidad se le debe sumar el 50 % del IPREM por cada familiar adicional que se desee reagrupar.
En 2025, el IPREM mensual está fijado en 600 euros, por lo que el mínimo para reagrupar a un familiar es de unos 900 euros al mes. Para un segundo familiar, se requerirían unos 300 euros mensuales adicionales; es decir, unos 1.200 por dos personas, y así sucesivamente.
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Asegúrese de cumplir con los requisitos. Foto:iStock

Además, no se aceptan ingresos provenientes de ayudas públicas. Solo se consideran válidos los sueldos, pensiones, actividades económicas o rentas documentadas.
Sin embargo, existen excepciones cuando se trata de menores representados. Para estos casos, se exigirá un 110 % del IPREM (660 euros), y por cada menor adicional, se exige un 10 % más (60 euros).

¿Qué otros requisitos se deben cumplir para aplicar al permiso?

Además de los medios económicos, se debe cumplir con varios requisitos, tanto por parte del solicitante como del familiar:
  • Solicitud de la autorización dilgenciada.
  • Copia del pasaporte en vigor.
  • Copia de la documentación que acredite que cuenta con empleo, así como recursos económicos
  • Estar legalmente en España y contar con una autorización de residencia vigente.
  • Aportar documentos que acrediten el vínculo familiar.
  • Disponer de una vivienda adecuada, verificada mediante un informe de la comunidad autónoma o del ayuntamiento.
  • Presentar un seguro médico que cubra al familiar y al solicitante.
  • El familiar reagrupado debe aportar un certificado de antecedentes penales (si es mayor de edad) y no tener prohibida la entrada a España.
El trámite incluye el pago de una tasa istrativa que varía según el tipo de solicitud y el modelo a presentar. A esto se pueden sumar otros gastos.
Además, una vez concedida la autorización, el familiar deberá abonar la tasa correspondiente para la expedición de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).

¿Cuál es el plazo para obtener respuesta?

Una vez presentada la solicitud correctamente, la Oficina de Extranjería tiene un plazo legal de tres meses para emitir una resolución.
Si no se recibe respuesta en ese periodo, se considera desestimada por silencio istrativo negativo, lo que significa que se puede iniciar un procedimiento de recurso o apelación.
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Una vez concedida la autorización, el familiar tiene un mes para solicitar su TIE Foto:iStock

¿Qué sucede una vez se concede la autorización?

Una vez concedida la autorización, el familiar tiene un mes para solicitar su TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero). Este trámite se realiza en una Comisaría de Policía con cita previa. La tarjeta acredita la residencia legal y, en algunos casos, el derecho a trabajar.
La primera autorización suele tener una vigencia de uno o dos años, según el permiso concedido. La renovación debe solicitarse dentro de los 60 días previos a la fecha de expiración o dentro de los 90 días posteriores (aunque esto puede generar sanciones).
Para renovar, es necesario demostrar que:
  • El vínculo familiar sigue.
  • Se mantienen os ingresos y condiciones que justificaron la primera solicitud.
  • Los aplicantes siguen viviendo de manera continua en España.
Tras varios años (normalmente cinco), el familiar podrá solicitar la residencia de larga duración, y si cumple con los demás requisitos, incluso acceder a la nacionalidad española por residencia.
Sin embargo, para esta solicitud, así como la aplicación a la reagrupación familiar, se recomienda verificar en los canales oficiales en caso de presentarse cualquier cambio en las solicitudes, así como consultar cualquier duda con expertos en el tema, como abogados de extranjería.

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