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Investigación
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Relleno Doña Juana: los efectos de nuevo fallo en billonario litigio entre Uaesp y consorcio operador de la disposición de la basura en Bogotá
Consejo de Estado resolvió recursos de nulidad contra decisiones de tribunal de arbitramento que condenó a la ciudad a indemnizar y compensar al contratista. ¿En qué queda ese pleito?
Un nuevo revés sufrió el concesionario del relleno sanitarioDoña Juana en el caso del laudo arbitral que obligaba a la Uaesp a pagarle al operador una millonaria indemnización.
Las oficinas de la Uaesp en Bogotá. Foto:Google Maps
Un fallo del Consejo de Estado, proferido el primero de agosto pasado y que se encuentra en la Secretaría del alto tribunal, según pudo establecer EL TIEMPO resuelve los recursos de nulidad interpuestos por ambas partes contra la decisión de un tribunal de arbitramento el 11 de abril de 2023.
La sentencia de la sección tercera del Consejo de Estado declara “infundado” el recurso de anulación promovido por el Centro de Gerenciamiento de Residuos (CGR ) y le da, en parte, la razón a la Uaesp al declarar “parcialmente fundado” el recurso de la Unidad istrativa Especial de Servicios Públicos (Uaesp).
Relleno sanitario Doña Juana Foto:Archivo CGR
El fallo se refiere a un viejo litigio en el que el operador del relleno sanitario Doña Juana pretendía que la ciudad le pagara 1,2 billones de pesos por una supuesta insuficiencia económica y financiera, que le reconocieran además con retroactividad a 2010 las tarifas autorizadas a partir de 2018 por la Comisión Reguladora de Agua Potable (CRA) y buscaba prolongar el tiempo de operación del relleno.
Qué argumentó el operador del relleno en tribunal de arbitramento
Entre otras cosas, en el laudo de 2023 los árbitros reconocieron un desequilibrio económico en el contrato no imputable al operador, accedieron a que se le pagara tarifas con retroactividad a 2014 y no a 2010.
También señalaron que operador no estaba obligado a construir la planta de tratamiento de lixiviados, aunque los vertimientos sí debían cumplir con los parámetros de la licencia ambiental, y que la capacidad del relleno llega hasta la cota establecida en la licencia ambiental.
Así, la sumatoria de todas las decisiones indicaban que la Uaesp le debía pagar al consorcio CGR, a manera de compensación e indemnización, un total de 65.000 millones de pesos y no la astronómica cifra que pretendía.
Con esa decisión, que no dejó ni vencedores ni vencidos y por la que ninguna de las partes salió a reclamar la victoria, se pensó que había quedado resuelto el billonario litigio que desde 2018 estableció CGR contra la Uaesp.
Disposición de residuos en el relleno sanitario Doña Juana Foto:Archivo CGR
Pero no fue así. Ahora el fallo del Consejo de Estado reduce de manera significativa el pago que el Distrito debe hacer al operador por efecto del laudo arbitral.
Decisión del Consejo de Estado sobre recursos de nulidad
La sentencia del alto tribunal contencioso istrativo, que está en proceso de firma de los magistrados y notificación de las partes, declaró nulos nueve puntos, entre el sexto y el decimocuarto, del laudo de hace cerca de año y medio.
Los ítems anulados obligaban a la entidad distrital a pagar cerca de 53.000 millones de pesos porque, según los árbitros, las tarifas por el manejo y la disposición de los residuos sólidos y por el tratamiento de lixiviados eran insuficientes.
En otras palabras, con el fallo de nulidad se caen dos millonarios pagos (por 22.889 millones y 30.000 millones de pesos) por dichos conceptos que debía hacer la Uaesp.
Así las cosas, el Distrito solo tiene que cancelar al Centro de Gerenciamiento de Residuos alrededor de 12.000 millones de pesos, una cifra mucho menor a las billonarias pretensiones que tenía originalmente el consorcio contratista.
Relleno sanitario Doña Juana Foto:Archivo CGR
De acuerdo con una fuente que conoce el proceso de nulidad, contrario al laudo arbitral, el fallo del Consejo de Estado no solo reconoce que “las tarifas para los tratamientos de residuos sólidos y de lixiviados eran suficientes, sino también que la Uaesp no violó la ley y sí vigiló el contrato”.
Igualmente, según la misma fuente, establece que el porcentaje de las tarifas que se pagaban al operador por el tratamiento de lixiviados es suficiente y, entonces, le correspondería al contratista construir la planta. De hecho, recientemente, el mismo operador le dijo a este diario que ya tenía la planta terminada y que estaban pendientes de unos trámites del Distrito.
La sentencia del Consejo de Estado no anula la decisión del tribunal de arbitramento respecto a que el contrato de operación del relleno sanitario termina cuando la disposición de residuos sólidos llegue a la cota de 2.999 metros sobre el nivel del mar, que se estima ocurra en 2026.
Relleno Doña Juana Foto:Archivo particular
Con esto, una vez copada la capacidad de la celda donde actualmente Bogotá y siete municipios de la Sabana disponen los residuos sólidos, se termina la operación y el concesionario no podrá prolongar su estadía ni solicitar una nueva licencia, como ya lo está haciendo ante la CAR.
Ahora, aunque contra el fallo de nulidad no procede recurso, todo indica que los litigios entre el operador del relleno Doña Juana y la Uaesp no pararán ahí. Cabe recordar que en 2017 hubo un primer laudo que no favoreció a CGR y le ordenó a realizar una serie de actividades por valor de 150.000 millones de pesos.
Por un lado, según conoció EL TIEMPO, el consorcio CGR ha contemplado acudir a otras instancias judiciales o, incluso, a una acción de tutela, en el caso de que el recurso de nulidad del laudo arbitral no le sea favorable.
Además, el contratista ha insistido en la posición de que si bien viene optimizando la planta de tratamiento de lixiviados, es el Distrito quien debe financiar su construcción.
Y, por otro lado, la Uaesp, a través del penalista Juan José Gómez Urueña, tiene una denuncia ante la Fiscalía contra el operador de Doña Juana por la no construcción de la planta, a pesar de que recibe un porcentaje de la tarifa por el tratamiento de los lixiviados, para que estos puedan ser vertidos al río Tunjuelo cumpliendo los parámetros exigidos en la licencia ambiental.